Viernes, 18 de diciembre de 2009
Ante las alarmas activadas por el Zar Anticorrupción, Óscar Ortiz González, en dos licitaciones de la Gobernación de Norte de Santander, cuyo valor supera los ocho mil millones de pesos, la Secretaría Departamental de Infraestructura decidió suspender los procesos con el fin de revisar las observaciones del Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción.
Según el Zar Anticorrupción, las licitaciones establecen condiciones restrictivas que impiden la participación, y ante ello solicitó al Procurador General su suspensión.
Se trata de las licitaciones LP-SI-012-2009 y LP-SI-013-2009, que tienen como objeto el suministro y la instalación de carpeta asfáltica para la red secundaria del departamento. La adjudicación estaba prevista para el próximo 30 de diciembre.
Una de las irregularidades detectadas por el Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción se relaciona con la visita obligatoria pues se programó a pocas horas de haberse publicado el pliego de condiciones definitivo. Para el proceso 012 la publicación se dio el 1 de diciembre a las 10:12 p.m. y para el 013 ese mismo día a las 10:14 p.m. La visita obligatoria para ambos procesos se programó para el día siguiente, a las 8.00 a.m. “Esto se constituye en una violación a los principios que rigen la contratación pública, en especial la transparencia, la publicidad y la participación”.
Para el Zar Anticorrupción no tiene sentido que a los consorcios y uniones temporales se les hubiera exigido el acta de constitución para asistir a la visita obligatoria, “ya que el objeto de esa actividad, además de inspeccionar el sitio en donde se ejecutará el contrato, es el de determinar la posibilidad de participar en los procesos licitatorios”.
De esta forma, la administración impuso obstáculos a los interesados; con los requerimientos exigidos para asistir a la visita técnica, indica Ortiz González, se creó una nueva etapa en los procesos licitatorios que contradice al Consejo de Estado cuando afirma que en los procesos de selección deben cumplirse únicamente las etapas estrictamente necesarias con el fin de asegurar la selección objetiva de la propuesta más favorable.
Donde también se detectó una posible irregularidad fue en el punto referente a la capacidad de contratación, pues se pidió una que excede en más de cinco mil millones de pesos el presupuesto oficial. Esta suma, según el Zar Anticorrupción, es bastante desproporcionada. “Consideramos que con el fin de lograr una mayor participación la entidad pudo haber exigido una suma proporcionada a los 4 mil millones de pesos para cada uno de los procesos de selección”.
Algo similar sucedió con las uniones temporales o consorcios a los que se les pidió un valor de más 32 mil millones de pesos como sumatoria de las capacidades de contratación. Para el Programa Presidencial, no solo se exigieron sumas bastante elevadas sino que arbitrariamente se requirieron condiciones distintas y desproporcionadas a los consorcios y uniones temporales, lo que contradice la Ley 80 de 1993.
En la misiva también se argumenta que los pliegos determinan una capacidad residual de contratación restrictiva que dificulta la posibilidad de una mayor concurrencia e impone exigencias contrarias a la ley. Para personas naturales y jurídicas, ésta es casi el doble del valor del presupuesto oficial; para cada uno de los miembros de los consorcios y uniones temporales, es igual que el anterior; y para consorcios y uniones temporales es siete veces el presupuesto oficial.
En relación con la experiencia general y específica, el Zar Anticorrupción indica que las exigencias limitan la participación pues los contratos que se deben acreditar para tal fin deben haberse ejecutado en los últimos dos o tres años.
Ortiz González también le había remitido una comunicación al gobernador de Norte de Santander, William Villamizar Laguado, a quien le pedía tomar medidas correctivas en estos procesos y le recordaba “evitar disposiciones que restrinjan la participación del mayor número de oferentes posibles y que, a su vez, le impidan contar con diferentes alternativas para realizar una comparación objetiva de las propuestas”.