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Cómo y dónde interponer denuncias

Si la corrupción es un asunto de todos, la Cultura de la Denuncia debe ser un compromiso colectivo, con este propósito el Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción informa cuales son los diferentes caminos que pueden tomar los ciudadanos que conozcan hechos relacionado con corrupción. Además también encontraran varias recomendaciones que contribuyen a fortalecer la denuncia, teniendo en cuenta que de la calidad de la información que se brinde dependerá en gran medida el éxito de la investigación y de la sanción.

Delitos: están contenidos en el Código Penal (Ley 599 de 2000) y pueden ser contra la vida y la integridad personal, las personas y los bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario. Se relacionan con la libertad y la integridad, la familia, el patrimonio económico, los derechos de autor, la fe pública, el orden económico y social, la salud pública, los mecanismos de participación democrática, la administración pública, la impartición de justicia, la existencia y seguridad del Estado y el régimen constitucional y legal.

 

Entidades

fiscalia general de la naciónFiscalía General de la Nación

Cuando los hechos que usted conozca tengan relación con la posible comisión de delitos la Fiscalía General de la Nación conocerá su denuncia, es decir, si usted conoce que un servidor se apropió o usó indebidamente bienes del estado, o abusó de su cargo para inducir a alguien a ofrecer dinero u otro objeto para retardar o tomar una decisión, hizo trampa en la celebración de un contrato, o algo contrario a la ley, abusó de su autoridad y/o utilizó mal la información, entre otros.

Su denuncia deberá interponerse ante las Unidades de Reacción Inmediatas (URI) de la Fiscalía, para saber donde se encuentran ingrese en la página www.fiscalia.gov.co o comuníquese con la línea gratuita nacional 01 8000 916111, recuerde que a nivel regional existen las fiscalías locales o seccionales.

 

pruradiría general de la naciónProcuraduría General de la Nación

La Procuraduría General de la Nación se encarga de sancionar disciplinariamente a los funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones cometen diferentes faltas, entre estas se encuentran: el incumplimiento de sus deberes (Art. 33 de la ley 734 de 2002) No hacer bien su trabajo, ejecución ineficiente de los planes de desarrollo y los presupuestos, utilización inadecuada de los bienes del Estado, de los recursos y de la información puesta a su disposición, obtención de beneficios adicionales a su salario y con ocasión de sus funciones, incumplir los requisitos para ejercer el cargo, defender intereses particulares y actuar con parcialidad entre otros.

También incurrir en prohibiciones (Art. 35 Ley 734 de 2002) como solicitar dadivas, agasajos o regalos, omitir o retardar sus tareas, no responder o retardar las respuesta a las peticiones constituirse en acreedor de alguna persona interesadas en los asuntos a su cargo, incumplir obligaciones civiles, laborales, comerciales o de familia impuestas en decisiones judiciales, proporcionar información falsa para ser vinculado o permanecer en el cargo, dañar o perder los bienes  a su cargo, desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ordenar el pago o recibir remuneración  por servicios no prestados, ejercer cualquier clase de coacción sobre servidores públicos o sobre particulares que ejerzan funciones públicas, nombrar personas que no reúnan los requisitos, tener a su servicio para las labores propias de su despacho personas ajenas a la entidad.

O en violación de régimen de inhabilidades, incompatibilidades y conflicto de intereses (Art. 35 y 36 de la Ley 734 de 2002) como haber sido encarcelado, sancionado disciplinariamente más de tres veces o declarado responsable fiscalmente, intervenir en nombre propio o ajeno en asuntos, actuaciones administrativas  o contractuales en los cuales tenga interés la entidad administrativa, adquirir o intervenir en remate o venta de bienes en la entidad donde labore, actuar en un asunto cuando tenga interés particular su cónyuge, o compañer@ permanente.

La denuncia puede llegar a través de cualquier oficina de la Procuraduría General de la Nación, ¡recuerde! que en las regiones existen las Procuradurías Regionales o Provincianas, para saber en donde se encuentran ubicadas, puede consultar la página: www.procuraduría.gov.co o llamar a la línea gratuita nacional 01 8000 910315.

 

contraloría general de la naciónContraloría General de la Nación

La Contraloría General de la Nación se encarga de emitir fallos de responsabilidad fiscal cuando encuentra que existió un manejo irregular de los recursos públicos.

Como el uso indebido de los recursos asignados por regalías directas o indirectas o de sistema general de participaciones, ya sea por la inejecución de los mismos o por desviación a otros rubros diferentes a los asignados inicialmente.

El control de la Contraloría es posterior a la ejecución de los  hechos, es decir su labor no es preventiva.

La denuncia puede ser recibida por las Contralorías departamentales, distritales o municipales, para saber en donde se encuentran ubicadas, puede consultar la página: www.contraloriagen.gov.co o comuníquese con la línea gratuita nacional 01 8000 910060 o diríjase en Bogotá a la Carrera 10 # 17 – 18.

 

Superintendencias

Las superintendencias son entidades destinadas a la vigilancia y control de algunos asuntos, estas son, entre otras:

  • Superintendencia de notariado y registro, conoce todas aquellas quejas de la ciudadanía contra actuaciones de notarios y de funcionarios de registro. www.supernotariado.gov.co
  • Superintendencia de sociedades, conoce todas aquellas quejas contra personas jurídicas y su funcionamiento. www.supersociedades.gov.co
  • Superintendencia de servicios públicos domiciliarios, conoce todas aquellas quejas por mala prestación del servicio. www.supersociedades.gov.co
  • Superintendencia de salud, conoce de las inconformidades de los usuarios del sistema general de salud, contra EPS por inadecuada prestación del servicio. www.supersalud.gov.co
  • Superintendencia de Industria y comercio, conoce todas aquellas quejas sobre establecimientos públicos y tiene  dentro de sus servicios el reconocimiento de la propiedad intelectual. www.sic.gov.co

 

Recomendaciones para tramitar una denuncia

  1. Presente una relación clara, detallada y precisa de los hechos de corrupción de los cuales tiene conocimiento.
  2. Procure explicar la ocurrencia de los hechos especificando circunstancias de tiempo, modo y lugar (cuándo, cómo y dónde).
  3. Señale quien o quiénes intervinieron en la ocurrencia de los hechos denunciados y qué calidad ostentan (por ejemplo, servidor público).
  4. Aporte evidencias que sustentan el relato, en caso de tenerlas.
  5. Suministre su nombre, teléfono, dirección o correo electrónico para poder ubicarlo en caso de requerir ampliación de los términos de la denuncia e informar el trámite de la misma. Si se presenta la denuncia en forma anónima, puede dejar un correo electrónico con un seudónimo.
  6. Indique si algún ente de control ya tiene conocimiento de los hechos denunciados y, si es posible, el número de radicado de dicha investigación.

 

Recuerde: La denuncia es el mejor mecanismo de control social.

 
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Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción

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Componentes del Programa

Marco Legal

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